Oficios Judiciales

Para el correcto diligenciamiento de los oficios judiciales, y a fin de que esta Entidad pueda darles curso y contestarlos, es imprescindible que estos sean remitidos por los canales habilitados para su notificación y que cumplan con todas las formalidades de estilo. 

Los requisitos formales que debe contener un oficio judicial son:

• Estar dirigido al Banco de Servicios y Transacciones S.A.U.

• Identificación del requerido/ejecutados con nombre, apellido y DNI o CUIT, razón social y CUIT, según corresponda.

• Identificación precisa del objeto del oficio.

• Dirección de correo electrónico del Juzgado donde se deben dirigir las notas de respuesta.

En aquellos oficios que notifican medidas cautelares o que modifican la situación jurídica o comercial de una persona, se requiere, además:

  • Firma del juez/a o funcionaria/o judicial competente debidamente identificada (no es suficiente la transcripción de la providencia y la firma del abogado/a actuante), con las formalidades procesales de cada jurisdicción y de la Ley N° 22.172.
  • Identificación del monto de la cautela en Pesos, o monto determinable en Pesos si fuera sobre moneda extranjera.
  • Indicación precisa de Nro. de CBU para el caso en que corresponda transferir los fondos a una cuenta que determine el Juzgado oficiante.

En el caso de oficios para solicitar informes:

  • Firma del Juez/a o funcionario/a judicial o del abogado/a (en este último caso, con transcripción del auto judicial que los ordena), con las formalidades procesales de cada jurisdicción y de la Ley N° 22.172.
  • Del texto del oficio debe surgir claramente de que quien oficia ha dispuesto el levantamiento del secreto bancario (Art. 39 de la Ley N° 21.526) de corresponder.

Oficios informativos dirigidos por fuerzas de seguridad:

• Deben contener transcripto el auto judicial por el cual se requiere la medida del cual debe surgir expresamente el levantamiento del secreto bancario o adjuntar copia de la resolución judicial que ordene la medida si esta se encuentra vinculada a un pedido de informes sobre operaciones pasivas o traba de medidas cautelares.

No se dará curso a aquellos oficios que no hayan sido enviados por la vía correspondiente según su jurisdicción o que carezcan de los requisitos formales indicados precedentemente.

Los oficios que disponen medidas cautelares o el levantamiento de las mismas NO pueden ser diligenciados en los términos del artículo 400 del Código Procesal, Civil y Comercial de la Nación. Dicho artículo solo puede ser invocado para el trámite de oficios de informes.

Jurisdicciones:

Juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Capital Federal): los oficios deben diligenciarse en formato digital, a través del sistema DEOX (Diligenciamiento Electrónico de Oficios con Entidades Externas al Poder Judicial).

Juzgado de la Provincia de Buenos Aires: los oficios deben ser notificados en nuestro domicilio electrónico constituido en el Sistema de Presentaciones Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires conforme a lo dispuesto en la Acordada 3997/20.

Juzgados de otras Provincias (del interior del país): los oficios deben enviarse en formato físico, conforme a la Ley 22.172, incluyendo todos los recaudos exigidos por dicha normativa:

  • Designación y número del tribunal y secretaría y nombre del juez y del secretario.
  • Nombre de las partes, objeto o naturaleza del juicio y el valor pecuniario, si existiera.
  • Mención sobre la competencia del tribunal oficiante.
  • Transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse y su objeto claramente expresado si no resultase de la resolución transcripta.
  • Nombre de las personas autorizadas para intervenir en el trámite.
  • El sello del tribunal y la firma del juez y del secretario en cada una de sus hojas.

Notificación de oficios judiciales en formato “físico”: en el domicilio de Banco de Servicios y Transacciones S.A.U. sito en Teniente General Juan Domingo Perón 646, Piso 4
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En caso de que el oficio incluya firma digital, deberá enviarse únicamente a la siguiente casilla de correo electrónico: globallegales@bst.com.ar.