ARTÍCULO 10 TER DE LA LEY 24.240

MODOS DE RESCISIÓN

Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación.

MODELOS DE ADHESIÓN